El 24 de noviembre de 2024, se realizaron elecciones presidenciales en Rumania, dando como resultados un 19.15 % para Marcel Ciolacu del Partido Social Demócrata, un 19.18 % para Elena Lasconi de la Unión Salvar Rumania (Uniunea Salvați România), y un 22.94 % para Călin Georgescu, candidato independiente, los cuales ocasionaron una segunda vuelta debido a que ningún candidato obtuvo mayoría absoluta. El 6 de diciembre, la Corte Constitucional rumana, en su resolución no. 32, anuló por completo las elecciones de esa primera vuelta basándose sobre supuestas irregularidades en la financiación de campañas electorales y supuestos engaños hacia los votantes.

En consecuencia, el 27 de enero de 2025, la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho, mejor conocida como Comisión de Venecia del Consejo de Europa, publicó su Reporte urgente sobre la cancelación de resultados electorales por parte de cortes constitucionales (Comisión de Venecia, 2025), el cual estudia, desde el derecho constitucional y estándares europeos e internacionales, bajo qué condiciones legales puede una corte constitucional invalidar elecciones. A continuación, se presenta una síntesis de los razonamientos jurídicos de dicho informe.

Antecedentes políticos derivados de las elecciones rumanas

Entre los antecedentes sobre la anulación de estas elecciones, se haya presunta información desclasificada de agencias de inteligencia rumanas que señala manipulación de los votantes y desigualdad electoral para los demás candidatos debido al uso no transparente de tecnologías digitales e inteligencia artificial durante la campaña electoral de Georgescu (el único candidato acusado de ilegalidades), lo cual supuestamente violaba regulaciones electorales, al igual que un presunto financiamiento de campaña proveniente de fuentes reservadas, incluidas las digitales.

Según la prensa rumana (Ernst, 2024), de acuerdo con supuestos informes de inteligencia estatal, Georgescu recibió un millón de euros de un usuario anónimo en la plataforma de videos Tik Tok, lo cual habría pagado una serie de influenciadores a favor del candidato. La prensa europea cita rumores de presunta interferencia rusa a favor de Georgescu en las elecciones rumanas por medio de Tik Tok (EUNews, 2024), mientras que internacionalmente Georgescu es etiquetado como prorruso, anti OTAN, nacionalista y antieuropeísta, y como un candidato receptor de dinero no declarado para su campaña (Ernst, 2024) y de apoyo propagandístico desmedido de parte de Rusia (European Digital Media Observatory, 2024).

Legislaciones electorales internacionales y europeas aplicables a la anulación de las elecciones rumanas

Respecto a las legislaciones europeas e internacionales referentes a regulaciones electorales aplicables al caso, la Comisión de Venecia destaca el art. 21.3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el art. 25 (B) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el art. 3 del primer protocolo del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).

Acerca del art. 3 del primer protocolo del CEDH, la Comisión establece que tal anulación significa, en efecto, que el juez invalida la expresión de la opinión pública alegando que la elección fue contraria a las normas. Por lo tanto, la discreción del juez para anular elecciones debe guiarse y limitarse por las condiciones establecidas en la ley. La función del juez es decidir si se cumplen las condiciones legales para la anulación en cada caso individual (Comisión de Venecia, 2025, p. 6).

Asimismo, la Comisión de Venecia observa que las legislaciones electorales de los Estados miembros del Consejo de Europa dejan discreciones muy amplias a sus jueces para poder anular elecciones, por lo cual recomienda mejorar dichas leyes. De igual forma, el Tribunal Europeo de DDHH también ha expresado su preocupación por la legislación electoral que proporciona a los órganos de resolución de disputas electorales una discreción (demasiado) amplia.

En cuanto a las competencias de la Corte Constitucional rumana, el cuerpo colegiado europeo establece lo siguiente. Primero, aun cuando la capacidad de la Corte Constitucional para anular elecciones esté en consonancia con las legislaciones internacionales y nacionales, no es un requisito establecido en las mismas, además de que es innecesario que un tribunal constitucional actúe como última instancia y como órgano de apelación respecto a anulación de elecciones.

Segundo, la Comisión sugiere que la competencia del tribunal constitucional para anular elecciones podría estar regulada en la Constitución, en un código electoral, en una ley electoral que regule elecciones específicas, o en la ley del tribunal constitucional, de forma explícita o implícita, en detalle o con cláusulas abiertas.

Tercero, se puede observar que existen dos enfoques: países con tribunales constitucionales que tienen control general de las elecciones, y países donde existen regulaciones más específicas sobre resolución de disputas electorales. En ambos, el tribunal no actúa de oficio, sino a petición o solicitud de grupos de votantes, grupos políticos, candidatos u otros órganos del Estado. Para el caso rumano, la Corte Constitucional se ha atribuido funciones que no le corresponden (Comisión de Venecia, 2025, p. 7).

En cuanto a las cuestiones procesales, el referido ente jurídico señala irregularidades en el procedimiento ex officio de la Corte Constitucional de Rumania. Los ponentes de la Comisión de Venecia citan la observación general no. 25 del art. 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos el cual establece que los resultados electorales, incluido el recuento de votos, deben ser apelables. También citan la pauta II.3.3 del Código de Buenas Prácticas en Materia Electoral, que establece que todos los candidatos y votantes registrados en la circunscripción afectada por presuntas irregularidades deben tener derecho a apelar.

La Comisión hace hincapié en el mecanismo de la apelación ya que, como determina en su reporte, los tribunales, aun los constitucionales, son reactivos, es decir, no pueden elegir casos a tratar, sino que ofician según las apelaciones o denuncias recibidas. En opinión de esta institución, aun si los tribunales constitucionales tuviesen potestad de anular elecciones de oficio, ésta debería estar limitada a situaciones excepcionales claramente reguladas, siendo posible tal anulación excepcional únicamente cuando la Constitución permite validar o anular elecciones a tal tribunal (Comisión de Venecia, 2025, p. 8).

Por otro lado, la Comisión observa los tiempos de actuación frente a apelaciones o denuncias de irregularidades electorales como claves en la ejecución de los mecanismos pertinentes. La institución señala el principio de plazos cortos para interponer o resolver recursos electorales contenido en el Código de Buenas Prácticas en Materia Electoral, con el cual se agiliza cualquier invalidación en la materia, permitiendo a las nuevas autoridades elegidas asumir sus funciones lo antes posible. No obstante, la anulación de elecciones, según la Comisión, debe considerarse como un último recurso, lo cual debe ser evitado al impugnar cualquier violación electoral tan pronto como surja, ya sea antes o durante los comicios (Comisión de Venecia, 2025, p. 10).

En lo que concierne a disputas electorales, toda denuncia a someter debe basarse sobre pruebas comprobables y de peso, ya sean hechos relevantes como violar la ley, o potenciales impactos en los resultados electorales. Respecto a la Corte Constitucional de Rumania, la Comisión observa que el proceso ex officio iniciado por ésta debió mostrar la evidencia sobre la cual se basaba su resolución y por qué determinó que las irregularidades pudieron haber tenido impacto sobre el resultado electoral.

Por tanto, la institución europea enfatiza la relevancia que las irregularidades individuales pueden llegar a tener en unos comicios como para anularlos. Por lo general, como apunta la Comisión, una invalidación electoral no se basa en una sola violación a la ley, sino en irregularidades pequeñas que en conjunto tergiversan la voluntad de los votantes. De tal manera, la invalidación de una elección no debe basarse sobre una sola denuncia, sino que se debe evaluar todas ellas en conjunto, significando que lo determinante es el impacto en los resultados en vez de la gravedad de una sola irregularidad per se (Comisión de Venecia, 2025, p. 12).

Los tipos de irregularidades y su ocurrencia durante las elecciones presentan retos en términos de probidad de influencia sobre el resultado electoral. Según la Comisión de Venecia, entre las violaciones cuyo probable impacto en resultados electorales puede ser determinado objetivamente están: el doble voto o doble conteo, papeletas o votos perdidos, falta de papeletas para un determinado partido o candidato, papel inválido para papeletas, e impugnación incorrecta de votos. Sin embargo, puede haber irregularidades más difíciles de determinar cómo negarle participación electoral a candidatos o grandes grupos de votantes, lo cual tendría un impacto directo en el resultado de las elecciones. Por ello, la Comisión enfatiza la importancia de razonamientos y metodologías transparentes por parte de los jueces respecto a las irregularidades y su impacto en los resultados (Comisión de Venecia, 2025, p. 14).

Considerando la jurisprudencia del TEDH[1] sobre la interferencia judicial en los mensajes de campaña, es difícil establecer cómo la forma y el contenido de la campaña de los candidatos podrían constituir una violación de la ley electoral que pudiera llevar a la anulación de las elecciones. Para el caso rumano, la Comisión observa que el papel de un juez que discurre sobre asuntos electorales es decidir si la campaña digital de un candidato (y el apoyo de campaña de terceros, sea en línea o no) ha violado estas reglas, y si la violación es tan grave al punto de influir en el resultado electoral final.

El hecho de que un candidato obtenga éxito en su campaña digital y que las redes sociales amplifiquen su alcance más de lo que permitían los métodos tradicionales no significa que aquél haya infringido normas sobre gastos de campaña y transparencia para adquirir una ventaja injusta. Por tanto, según la institución veneciana, la función del juez es considerar si se ha infringido alguna norma al recibir apoyo de campaña de terceros, ya sea en línea o no.

De tal modo, el ente colegiado insta a emitir resoluciones transparentes basadas sobre pruebas bien fundamentadas, que indiquen violaciones y evidencia precisas, siendo entonces necesario no basarse únicamente sobre información clasificada de inteligencia, la cual no garantiza ninguna transparencia ni verificación.

Prospectivas: jurisprudencia y probables consecuencias jurídicas derivadas de la decisión de la Corte Constitucional rumana

Ya expuestos los puntos principales del informe, puede decirse en estricta materia jurídica que, la anulación de las elecciones del 24 de noviembre de 2024, por parte de la Corte Constitucional rumana ha establecido jurisprudencia en ámbito electoral para los sistemas jurídicos de Derecho Civil en Europa e internacionalmente.

Dado que el sistema jurídico rumano es de Derecho Civil, en éste la jurisprudencia no es formalmente vinculante con otras resoluciones, decisiones o instancias judiciales, aunque puede llegar a tener valor persuasivo sobre jueces o jerarquías judiciales de similar envergadura en la región europea, o hasta en otras latitudes. Es decir que, una corte constitucional en determinado país podría tomar la anulación de las elecciones rumanas como un precedente electoral para decidir de la misma forma desde su instancia judicial más alta.

En consecuencia, en cuanto a Rumania, ya habiendo jurisprudencia de anulación electoral por parte de la Corte Constitucional, podría hasta desarrollarse una doctrina jurídica en materia electoral en la que se opine, teorice o interprete como legal cualquier fallo o decisión constitucional similar a la del 24 de noviembre de 2024. Por tanto, si un candidato igual de incómodo para los políticos rumanos, como Călin Georgescu, participara en futuras elecciones presidenciales, la Corte Constitucional podría fundamentar un precedente válido para anular nuevamente cualquier resultado electoral indeseado por la élite política rumana, alegando causas semejantes o iguales a las de 2024. Aunque una doctrina jurídica no posee fuerza legal obligatoria, sí determina la evolución del Derecho y la formación del pensamiento jurídico.

En ese sentido, de llegar a desarrollarse esa probable doctrina se sesgaría a la Corte Constitucional rumana hacia una interpretación jurídica de conveniencia política según los intereses en juego durante determinadas elecciones, lo cual anularía el principio de pluralidad electoral y de soberanía popular desde el mismo derecho constitucional rumano y convertiría a la Corte en un instrumento político en contra de la población.

De igual o similar manera, podría imitarse dicha decisión judicial en otros países sin importar que sea un sistema jurídico de derecho civil o de derecho consuetudinario.

Desenlace posterior a la cancelación de las elecciones rumanas

La anulación de los resultados de los comicios presidenciales en Rumania culminó en nuevas elecciones impopulares. Posterior a la anulación, Călin Georgescu fue detenido por la policía rumana (Kirby y Barbu, 2025) mientras se dirigía a inscribirse para las nuevas elecciones programadas el 4 de mayo de 2025, luego prohibiéndole una segunda participación electoral. En respuesta, la población rumana protestó masivamente en Bucarest (Deconinck, 2025; Durden, 2025; Mercieca, 2025) mientras exigía la restauración de la segunda vuelta legítima y mostrando apoyo generalizado a Georgescu. Finalmente, el sufragio dio lugar a una segunda vuelta el 18 mayo con la elección de Nicușor Dan.

Sin embargo, debe destacarse que en enero de 2025 el ex comisario europeo de mercado interior, Therry Bretton, declaró en el canal francés RMC Story que la Unión Europea (UE) había anulado las elecciones rumanas, y que de ser necesario se haría lo mismo en Alemania si el partido Alternative für Deutschland (AfD) resultaba ganador (Mercieca, 2025). De tal modo, queda en evidencia por parte de un individuo altamente ligado a dicha organización supranacional que, el principio de derecho internacional público de libre determinación de los pueblos, codificado en el art. 1.2 de la Carta de las Naciones Unidas (ONU, 1945), en la Declaración de los Principios de Derecho Internacional referente a las Relaciones de Amistad y Cooperación entre los Estados (ONU,1970), y en la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales (ONU, 1960) estaría siendo transgredido por parte de la UE.

Asimismo, se estaría violando otro principio de derecho internacional público: la no intervención en los asuntos internos de los Estados, el cual anima a estos a resolver sus propios problemas internos y a evitar que se extiendan y conviertan en una amenaza para la paz y la seguridad internacional (Roncagliolo Benítez, 2014, p. 450).

En consecuencia, de llegar a determinarse a los autores intelectuales y a los colaboradores de la anulación de las elecciones rumanas, estos deberán ser procesados en los tribunales nacionales pertinentes o en tribunales de derecho comunitario europeo si aplicase el caso.

Dado todo lo anterior, se hace estricto, obligatorio e indispensable el correcto cumplimiento del Derecho, sus procesos y mecanismos en relación a cualquier proceso electoral en Europa y en el mundo. Debe avalarse totalmente el respeto a las legislaciones electorales nacionales e internacionales, cuyo último fin es la garantía de la voluntad popular y no que la voluntad popular sea lo último a garantizar.


Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente la organización comparte lo expresado.


Referencias

Comisión de Venecia, CDL-PI(2025)001, Urgent report on the cancellation of election results by constitutional courts. https://www.coe.int/en/web/venice-commission/-/CDL-PI(2025)001-e#

Bortoletto, F. (2024). Romania must start over; Constitutional Court annuls outcome of first round of presidential election. https://www.eunews.it/en/2024/12/06/romania-must-start-over-constitutional-court-annuls-outcome-of-first-round-of-presidential-election/

Ernst, I. (2024). Romanian authorities reveal over €50mn funding for pro-Russian presidential candidate Georgescu. BNE Intellinews. https://www.intellinews.com/romanian-authorities-reveal-over-50mn-funding-for-pro-russian-presidential-candidate-georgescu-356746/

Ernst, I. (2024). Romanian authorities reveal massive financing for pro-Russian presidential candidate Calin Georgescu. https://www.romania-insider.com/romania-declassified-reports-calin-georgescu-presidential-elections-2024

European Digital Media Observatory (2024). KOMANDA KREMLIN: The Russian machine behind Călin Georgescu. https://edmo.eu/publications/komanda-kremlin-the-russian-machine-behind-calin-georgescu/

Kirby, P. y Barbu M. (2025). Romanian far-right presidential hopeful detained on street and indicted. BBC. https://www.bbc.com/news/articles/c70eky7l6pxo

RT (2025). Tens of thousands rally in support of NATO-skeptic Romanian politician (VIDEO). https://www.rt.com/news/613545-protest-romania-annulled-presidential-elex/

Durden, T. (2025). Mass Protests Erupt Across Romania After Georgescu’s Presidential Candidacy Rejection Sparks International Condemnation. ZeroHedge. https://www.zerohedge.com/geopolitical/mass-protests-erupt-across-romania-after-georgescus-presidential-candidacy-rejection

Simon Mercieca (2025). Massive Mobilization in Bucharest: Romanians Rally Behind the candidate Călin Georgescu, whom the EU does not want because he is considered a Far Right. https://simonmercieca.com/2025/03/02/massive-mobilization-in-bucharest-romanians-rally-behind-the-candidate-calin-georgescu-whom-the-eu-does-not-want-because-he-is-considered-a-far-right/

Deconinck, C. (2025). Mass protest in Romanian capital in support of presidential candidate Georgescu. Brussels Signal. https://brusselssignal.eu/2025/03/mass-protest-in-romanian-capital-in-support-of-presidential-candidate-georgescu/

Simon Mercieca (2025). EU Threatens to Repeat Romania Scenario: Elections to Be Cancelled if AfD Wins in Germany. https://simonmercieca.com/2025/01/11/eu-threatens-to-repeat-romania-scenario-elections-to-be-cancelled-if-afd-wins-in-germany/

Organización de las Naciones Unidas (1945). Carta de las Naciones Unidas. https://www.un.org/es/about-us/un-charter

Organización de las Naciones Unidas (1970). Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970, que contiene la Declaración relativa a los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. https://www.dipublico.org/3971/resolucion-2625-xxv-de-la-asamblea-general-de-naciones-unidas-de-24-de-octubre-de-1970-que-contiene-la-declaracion-relativa-a-los-principios-de-derecho-internacional-referentes-a-las-relaciones-de/

Organización de las Naciones Unidas (1960). Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales. https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/declaration-granting-independence-colonial-countries-and-peoples

Roncagliolo Benítez, I. (2014). El principio de no intervención: consagración, evolución y problemas en el Derecho Internacional actual. https://www.scielo.cl/pdf/iusetp/v21n1/art13.pdf

[1] Véase el caso de la Corte Europea de Derechos Humanos Animal Defenders Intl v. UK,  no. 48876/08, 22 de abril de 2013.

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Salvadoreño. Licenciado en Relaciones Internacionales de la Universidad de El Salvador. Investigador de Derecho Internacional, economía internacional, política internacional, y geopolítica. Especialista en criptoactivos, finanzas descentralizadas, instrumentos financieros, tecnologías de capa distribuida, y cadenas de bloques.