El norte de África es una región de una belleza y diversidad geográfica asombrosas, pero también es un área del mundo que enfrenta una creciente vulnerabilidad a los impactos del cambio climático. En esta región, compuesta por países como Marruecos, Argelia, Túnez, Libia y Egipto, se han ido manifestando de manera cada vez más evidente los efectos adversos del cambio climático. Estos impactos incluyen temperaturas extremas, cambios en los patrones de precipitación, aumento del nivel del mar, desertificación y erosión del suelo, entre otros. A su vez, estos cambios climáticos están teniendo un profundo impacto en la vida de las personas, la seguridad alimentaria, los ecosistemas y la economía de la región. Y paradójicamente, aun cuando el Norte de África sufre de tantos efectos adversos del cambio climático, esta es una de las regiones que menos emisiones de gases de efecto invernadero ha generado a lo largo de la historia (ECODES, 2020).

Sin embargo, este no es un tema que resulta nuevo. En el caso de la región del Norte de África, el informe del IPCC del año 2007, así como el informe presentado por el Plan Bleu en el año 2008 sobre el futuro de la región, ya alertaban de que el Mediterráneo es una de las regiones del mundo en la que el medio ambiente y la actividad humana serán más afectados por el cambio climático y sus efectos multiplicadores, provocando considerables pérdidas en términos económicos y humanos. Las áreas más vulnerables ante la aridez y el estrés hídrico son aquellas cercanas a las zonas desérticas, las zonas costeras y las zonas sometidas a un fuerte crecimiento demográfico (Miranzo y del Rio, 2015). La preocupación general por las conclusiones alcanzadas en estos informes, ha provocado un notable incremento, durante la última década, en la cantidad de literatura científica y estudios sobre los modelos de cambio climático, sus efectos y los costes de adaptación en el Magreb, y por tanto incluyendo el Norte de África en gran medida, de manera que este tema ha venido tomando cada vez mayor fuerza y preocupación en la agenda internacional.

Ahora bien, vistos como una región, los países del Norte de África comparten características geográficas y climáticas similares, lo que hace que las proyecciones del cambio climático tengan un enfoque regional. Por un lado, el Desierto del Sáhara ocupa la mayor parte del Norte de África, abarcando entre el 80% y el 90% de Argelia y Libia, el 40% de Túnez y menos del 25% de Marruecos. Aquí, las precipitaciones anuales son extremadamente bajas, con menos de 150mm, y las temperaturas pueden superar los 40°C durante todo el año. La oscilación térmica entre el día y la noche es pronunciada, lo que provoca una alta evaporación del agua y la ausencia de vegetación (Miranzo y del Río, 2014). De manera que, al ser países con grandes zonas desérticas, se encuentran más vulnerables tanto al aumento de temperaturas como el cambio en los patrones de precipitaciones que terminan dificultando la ganadería y agricultura en estas zonas.

De hecho, el Banco Mundial ha publicado diversos informes en los que se estudia específicamente al Norte de África y estos indican que las precipitaciones han disminuido en un 20 % en el norte del Sahara y en un 10 % en el resto del Norte de África, así mismo, la frecuencia de las sequías ha aumentado un 20 % en el norte del Sahara y un 10 % en el resto del Norte de África y la frecuencia de las inundaciones ha aumentado un 10 % en el Norte de África (Rigaud et al., 2018).

Un informe del Banco Mundial que destaca por su pertinencia en el ámbito de las migraciones climáticas tiene el título de «Groundswell: Preparing for Internal Climate Migration«, publicado en 2021, en el cual se señala que el cambio climático es un factor importante que está impulsando la migración interna en el Norte de África, y además identifica tres tendencias clave que están contribuyendo al flujo de este tipo de migración:

Por un lado, se toma en cuanto el aumento de las temperaturas que está provocando una reducción de las precipitaciones, lo que está afectando la agricultura y la seguridad alimentaria. Esto está obligando a las personas a abandonar sus hogares en busca de oportunidades económicas y de medios de vida más seguros. En segundo lugar, la escasez de agua es un problema creciente en el Norte de África y el cambio climático está agravando este problema, lo que está obligando a las personas a desplazarse en busca de agua. Y como tercer factor relevante se mencionan los eventos climáticos extremos, como las sequías, las inundaciones y las tormentas, que están aumentando en frecuencia e intensidad. Estos eventos están provocando pérdidas de cultivos, daños a la infraestructura y desplazamientos de personas (Rigaud et al., 2018). Todos estos factores están propiciando la migración climática en el Norte de África, al provocar consecuencias directas como pérdida de medios de vida, inseguridad alimentaria, el alza de precios de alimentos, y la inseguridad por desastres naturales. De manera que se han identificado desplazamientos tanto rural-urbano, de personas que están buscando medios alternos de vida en la ciudad, y migraciones incluso a otros países dentro y fuera de la región.

La falta de datos oficiales gubernamentales dificulta la estimación exacta del número de migrantes climáticos en el Norte de África, sin embargo, según el segundo informe Groundswell del Banco Mundial “Preparing for Internal Climate Migration”, se estima que el cambio climático podría obligar a 216 millones de personas a desplazarse dentro de sus propios países en seis regiones de todo el mundo para 2050. El artículo destaca que el Norte de África es una de las regiones más afectadas por el cambio climático y que podría provocar hasta 19,3 millones de migrantes para la fecha estimada. Y sin medidas paliativas, el Banco Mundial estima que hasta el 6% de la población de Marruecos, Argelia, Libia, Túnez y Egipto se verá obligada a la migración (Clement, 2021).

Ahora bien, esto pone en discusión la vulnerabilidad de los migrantes climáticos en la región, pues resulta evidente que la falta de una gobernanza migratoria basada en los derechos humanos a nivel global y nacional conduce a frecuentes violaciones de los derechos de los migrantes en tránsito, en las fronteras internacionales y en otros países. Aunque los migrantes no son intrínsecamente vulnerables, sus derechos humanos pueden verse vulnerados durante los procesos de movilización, y aún más, los migrantes irregulares suelen ser especialmente vulnerables a la discriminación, la explotación y la marginación, ya que a menudo viven y trabajan en las sombras, temen presentar quejas y se les niegan sus derechos humanos y libertades fundamentales.

Las violaciones de los derechos humanos de los migrantes pueden incluir derechos civiles y políticos, como la detención arbitraria, la tortura o la falta de garantías judiciales justas, así como la negación de derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho a la salud, la vivienda o la educación. Además, se debe tomar en cuenta que la negación de los derechos de los migrantes suele estar estrechamente relacionada con leyes discriminatorias y prejuicios o actitudes xenófobas (OHCHR, s.f.). En este sentido, los migrantes climáticos están expuestos a un grado incluso mayor de vulnerabilidad debido a que su condición jurídica y su estatus migratorio es muchas veces puesto en duda y no cuentan con un marco de protección claro para sus derechos. Según una definición misma de la OIM describe a los migrantes climáticos como:

personas o grupos de personas que, predominantemente por razones de cambio repentino o progresivo en el medio ambiente que afecta negativamente a sus vidas o condiciones de vida, se ven obligados a abandonar sus hogares habituales, o deciden hacerlo, ya sea temporal o permanentemente, y que se desplazan ya sea dentro de su país o al extranjero” (OIM, s.f.). 

Aunque se ha acordado esta definición, el reconocimiento y protección de las personas afectadas por el cambio climático sigue siendo controvertido, principalmente porque es una realidad muy compleja por la falta de datos para comprender su alcance y circunstancias.

Existe una falta voluntad política, tanto por los Estados del Norte de África que no tienen las respuestas adecuadas para el cambio climático y las migraciones, como a nivel internacional, y esto se evidencia una carencia por parte de los demás Estados receptores de migrantes climáticos al momento de comprender las causas de la migración climática y asumir la responsabilidad de ellas. De manera que la regulación jurídica internacional de la migración interna e internacional es más bien escasa e insuficiente para dar respuesta al reto de las migraciones climáticas. Lo que deja a los migrantes climáticos, como una colectividad, en una inmensa vulnerabilidad a que sus demandas no sean escuchadas a nivel internacional y que las violaciones de sus derechos humanos no sean vistas como una prioridad para los Estados del Norte de África.

Si lo vemos de manera concreta, podemos darnos cuenta de que el factor climático vinculado a las migraciones es una discusión relativamente nueva en la agenda internacional. De hecho, no fue hasta el año 2015 que se inició un proceso más formal de desarrollo de este tema y, desde entonces, se ha tratado de introducir en diversos instrumentos y foros internacionales. Si bien, esta temática es muy incipiente aun en la región del Norte de África, los avances que se resaltan en este artículo resultan relevantes, pues sientan las bases para la legitimización del tema a nivel internacional, y además sirve para que países, como lo son Egipto, Argelia, Libia, Marruecos y Túnez, tengan un referente internacional al momento de formar sus propias políticas internas.

 

En primer lugar, el Marco de Acción de Sendai, adoptado en la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas en 2015, destaca como antecedente crucial para abordar la migración climática. Aunque se centra en la reducción del riesgo de desastres, contiene disposiciones vinculadas al cambio climático, los desastres y la movilidad humana, pues reconoce la importancia de abordar el cambio climático y sus efectos en la reducción del riesgo de desastres y destaca la necesidad de integrar la adaptación al cambio climático en las estrategias de reducción de riesgo gubernamentales y que estos temas deberían ser indispensable en las agendas nacionales (Naciones Unidas, 2015).

Si bien no aborda directamente la migración climática, sienta las bases para incluirla en estrategias más amplias de reducción de riesgos y fortalecimiento de la resiliencia. Esto sugiere que un buen manejo del cambio climático y sus efectos en el Norte de África podría ayudar a prevenir la migración climática. Al reducir impactos del cambio climático, se puede ayudar a proteger los medios de vida y las comunidades, lo que puede disminuir la necesidad de migrar.

En segundo lugar, la Agenda Nansen para la Protección de los Refugiados y las Personas Desplazadas en el Contexto de los Desastres y el Cambio Climático, adoptada en 2015, se ha convertido en un marco de referencia importante para la protección de los desplazados debido a desastres naturales y el cambio climático. La Agenda no solo reconoce de manera explícita el vínculo entre el cambio climático y la movilidad forzada, sino que también aporta una serie de ambiciosos puntos en su contenido como el reconocimiento que el cambio climático es un factor que puede generar el desplazamiento transfronterizo de personas, así como el reconocimiento de  que los Estados tienen la responsabilidad de tomar medidas para mitigar los impactos del cambio climático y ayudar a las personas que se ven afectadas por sus efectos adversos (La Iniciativa Nansen, 2015).

Cabe destacar que dicha Agenda no crea un estatus legal específico para los migrantes climáticos, pero reconoce la necesidad de abordar sus desafíos y proporcionarles protección y asistencia en el contexto de cambios climáticos. Esto resulta importante para Norte de África, al establecer que las personas desplazadas por el cambio climático deben tener acceso a la protección internacional, lo que incluye tanto responsabilidad de los gobiernos norteafricanos para tomar medidas que mitiguen los impactos del cambio climático, como un grado de responsabilidad sobre Estados receptores de estos migrantes climáticos, para que se presten a dar apoyo y asistencia necesaria.

En tercer lugar, el Acuerdo de París del 2015 es un documento con gran relevancia en la lucha global contra el cambio climático y el aumento de las temperaturas. Si bien en sus estatutos no se menciona directamente nunca “migración climática”, este reconoce que la acción contra el cambio climático debe tener en cuenta los derechos de las personas desplazadas. El acuerdo enfatiza en la necesidad de mejorar la resiliencia y la capacidad de adaptación de las comunidades, de manera que puedan responder de mejor manera a los impactos del cambio climático (Naciones Unidas, 2015). En el Norte de África, esto puede entenderse como medidas gubernamentales dedicadas a abordar y prevenir la migración forzada por razones del clima, o incluso proporcionar soluciones sostenibles a las personas que se han visto forzadas a desplazarse. Con base en este acuerdo, los Estados norteafricanos podrían reconocer la importancia de que adaptarse al cambio climático de manera adecuada puede proteger la salud, seguridad y bienestar de gran parte de su población.

Después de examinar algunos instrumentos, es relevante destacar el papel crucial de ciertas organizaciones internacionales en la gestión de las migraciones climáticas. Sus respuestas no solo ofrecen asistencia a los países del Norte de África, sino que también sirven como modelo para las organizaciones regionales africanas al abordar esta problemática.

En el año 2015, la OIM estableció la División de Migración, Medio Ambiente y Cambio Climático (MEEC por sus siglas en inglés), dedicada a supervisar el impacto del cambio climático y el entorno en la migración. Este cambio institucional formalizó la implicación de la OIM en este ámbito y la convirtió en la primera organización internacional en contar con una unidad exclusiva para este tema (OIM, s.f.) Esta división forma parte del Departamento de Gestión de la Migración y tiene la responsabilidad institucional de supervisar, apoyar y coordinar el desarrollo de políticas que vinculen la migración con el medio ambiente y el cambio climático. De esta manera, la OIM colabora con los gobiernos del Norte de África para disminuir la vulnerabilidad de las personas al cambio climático y crear oportunidades para que puedan mantenerse en sus lugares de origen.

Otra organización internacional que destaca en el abordaje de la temática es la Agencia de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la cual juega un papel crucial en la respuesta a las migraciones climáticas, reconociendo que el cambio climático contribuye a los desplazamientos y comprometiéndose a salvaguardar los derechos y necesidades de los migrantes climáticos. Su actuación se enfoca en tres áreas principales: la defensa de los derechos de estos migrantes, la asistencia que brinda, y la prevención de desplazamientos climáticos.

La ACNUR trabaja en colaboración con los gobiernos del Norte de África para desarrollar políticas y programas que aborden las causas y efectos de la migración climática, procurando reducir la vulnerabilidad de las personas. La agencia también ha trabajado en el desarrollo de planes nacionales para abordar la migración climática en países como Egipto y Marruecos, implementando medidas de reducción de vulnerabilidad y provisión de ayuda. Estos esfuerzos son fundamentales para garantizar que los migrantes climáticos tengan acceso a los derechos y asistencia necesarios en el contexto del Norte de África y a nivel global.

Sin embargo, al verse la ACNUR involucrada, se abre todo un debate en referencia al estatus legal que deberían tener los migrantes climáticos, pues dicha organización no reconoce a los migrantes climáticos como refugiados principalmente debido a la definición legal y convencional de refugiado contenida en la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados. Bajo el marco de esta convención, el cambio climático no se contempla como una causa de persecución, de manera que “refugiado climático” no se encuentra actualmente respaldado por la ACNUR, Sin embargo, reconoce que el cambio climático puede forzar a las personas a abandonar sus hogares, lo que puede requerir protección internacional (ACNUR, 2023).

Esto ha sido criticado por diversos sectores y grupos de defensa de derechos humanos y de los migrantes, pues la falta de reconocimiento de los migrantes climáticos como refugiados por parte de la ACNUR implica que estos individuos carecen de acceso a la protección internacional. En la práctica, esta omisión significa que los migrantes climáticos que buscan protección internacional pueden ser rechazados por los gobiernos de acogida, de manera que los migrantes climáticos podrían enfrentar riesgos significativos al ser deportados a sus países de origen, como violencia, pobreza y falta de acceso a asistencia humanitaria. La ausencia de un marco legal de protección para migrantes climáticos también puede dar lugar a problemas adicionales, como la discriminación, la explotación y dificultades para acceder a la asistencia humanitaria. Es por esta razón que existe esta lucha por el reconocimiento de esta terminología, por otro lado, también se reconoce la dificultad a la que se enfrentarían los Estados y los desplazados al momento de tener que demostrar que han tenido que huir de sus hogares debido al cambio climático, una causante que muchas veces es lenta, pues sus efectos pueden irse viendo a lo largo de años o décadas.

Como conclusión, no cabe duda de que la región del Norte de África enfrenta una creciente vulnerabilidad debido al cambio climático, generando migración interna por las condiciones extremas. La falta de definiciones legales y protección para los migrantes climáticos, junto con la insuficiente regulación jurídica y la escasa voluntad política, vuelve a los migrantes climáticos un grupo vulnerable. Urge abordar esta problemática mediante fortalecimiento de redes de seguridad social a nivel local, colaboración regional para afrontar vulnerabilidades comunes y una inclusión formal de migrantes climáticos en legislaciones internacionales. Acciones coordinadas a nivel local, regional y global son esenciales para proteger los derechos de quienes se ven forzados a desplazarse debido al cambio climático.


Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente la organización comparte lo expresado.


Referencia

ACNUR. (2023). El cambio climático y los desastres provocan cada vez más desplazamientoshttps://eacnur.org/es/actualidad/noticias/emergencias/el-cambio-climatico-y-los-desastres-provocan-cada-vez-mas-desplazamientos#:~:text=El%20t%C3%A9rmino%20refugiado%20clim%C3%A1tico%20no,dentro%20de%20sus%20propios%20pa%C3%ADses  

La Iniciativa Nansen. (2015). Agenda para la protección de las personas desplazadas a través de fronteras en el contexto de Desastres y Cambio Climático. https://disasterdisplacement.org/wp-content/uploads/2015/10/12102015_Protection_Agenda_Final_SP1.pdf 

Naciones Unidas. (2015). Acuerdo de París, https://unfccc.int/sites/default/files/spanish_paris_agreement.pdf  

Naciones Unidas. (2015). Marco de Acción de Sendai para la Reducción de Riesgo por desastres 2015-2030. https://www.unisdr.org/files/43291_spanishsendaiframeworkfordisasterri.pdf  

OHCHR. (s. f.). Acerca de la migración y los derechos humanos. https://www.ohchr.org/es/migration/about-migration-and-human-rights

OIM. (2015). IOM and migration, environment, and climate change (MECC). https://environmentalmigration.iom.int/iom-and-migration-environment-and-climate-change-mecc  

OIM. (s.f.). Environmental Migration. https://environmentalmigration.iom.int/environmental-migration  

Rigaud, K. K., De Sherbinin, A., Jones, B. A., Bergmann, J., Clément, V., Ober, K., Schewe, J., Adamo, S. B., McCusker, B., Heuser, S., & Midgley, A. (2018). Groundswell. En World Bank, Washington, DC eBooks. https://doi.org/10.1596/29461

Miranzo, M y del Río, C. (2015). Las consecuencias del cambio climático en el Magreb. Revista UNISCI. https://www.ucm.es/data/cont/media/www/pag-74789/UNISCIDP39-5MIRANZO-RIO.pdf  

Clement, V. (2021, 13 septiembre). Groundswell Part 2: Acting on Internal Climate migration. http://hdl.handle.net/10986/36248

ECODES. (2020, 2 octubre). La degradación ambiental, el cambio climático y las migraciones – migraciones climáticas. Migraciones Climáticas. https://migracionesclimaticas.org/documento/la-degradacion-ambiental-cambio-climatico-las-migraciones/

 

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Internacionalista egresada de la Universidad de El Salvador, cursando una especialización en Movilidad Humana Internacional. Cuento con experiencia en el área de implementación de proyectos de desarrollo social, así como habilidades para las investigaciones académicas en el ámbito de política internacional y su difusión a través de estrategias online. Actualmente, me desempeño como subcoordinadora del área de redes en CEINASEG.